MANUAL DE CONVIVENCIA

INSTITUCIÓN EDUCATIVA COLEGIO AGROPECUARIO TIERRA ADENTRO

SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD

COMPONENTE HORIZONTE INSTITUCIONAL

COLEGIO AGROPECUARIO TIERRA ADENTRO

     

MANUAL DE CONVIVENCIA

 

 

 

2018

Tabla de contenido

 

1. PRESENTACIÓN

 

2. MARCO LEGAL DEL PACTO POR LA CONVIVENCIA

 

3. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL

3.1 MISIÓN

3.2 VISIÓN

3.3 VALORES INSTITUCIONALES

3.4 PRINCIPIOS

 

4. SÍMBOLOS INSTITUCIONALES

4.1 LEMA: “EDUCAR PARA LA VIDA ”

4.2 ESCUDO

4.3 BANDERA

4.4 HIMNO

 

5. COMUNIDAD EDUCATIVA

5.1 LECTURA DE CONTEXTO

 

6. OBJETIVOS DEL PACTO

6.1 GENERAL

6.2 ESPECÍFICOS

 

7. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

 

8. DE LOS ESTUDIANTES

8.1 DERECHOS DEL ESTUDIANTE

8.2 DEBERES DEL ESTUDIANTE

 

9. RESPONSABILIDADES EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

9.1 RESPONSABILIDADES DE LA INSTITUCIÓN

9.2 RESPONSABILIDADES DE LA RECTORÍA

9.3 RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES

 

10. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

10.1 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

10.2 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

 

11. EL COMITÉ INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA Y LAS SITUACIONES MÁS COMUNES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESTUDIANTIL

11.1 EL COMITÉ INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA.

11.2 LAS SITUACIONES MÁS COMUNES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA

 

12. PAUTAS Y ACUERDOS QUE DEBEMOS ATENDER TODOS LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA PARA GARANTIZAR LA CONVIVENCIA ESTUDIANTIL

 

13. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES, COMUNES Y NO COMUNES, QUE NOS AFECTAN LA CONVIVENCIA

 

14. PROTOCOLOS DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESTUDIANTIL

14.1 DE LOS PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO I

14.2 DE LOS PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO II

14.3 DE LOS PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES  TIPO III

 

15. REPARACIÓN DE LAS FALTAS DESDE LA JUSTICIA RESTAURATIVA

 

16. FORMALIDADES DEL DEBIDO PROCESO

16.1 TÉRMINOS

16.2 VENCIMIENTO DE TÉRMINOS

16.3 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO:

16.4 LA TITULARIDAD DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA

16.5 DEBIDO PROCESO

16.6 ASPECTOS TENER EN CUENTA EN EL DEBIDO PROCESO

16.7 DE LAS CONSIDERACIONES ESPECIALES

 

17. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

17.1 COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

17.2 DE LOS PROTOCOLOS DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

 

18. CAUSALES PARA LA PÉRDIDA DEL CUPO DEL ESTUDIANTE EN LA INSTITUCIÓN

 

19. ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES

 

20. COMPORTAMIENTOS QUE MERECEN SER ESTIMULADO POR LA COMUNIDAD   EDUCATIVA

 

21. DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y LOS DOCENTES

 

22. SOBRE EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN ESCOLAR

1. PRESENTACIÓN

 

El Manual de Convivencia es el conjunto de normas y procedimientos que regulan las relaciones interpersonales de la comunidad educativa, por lo que está construido en el respeto por las diferencias individuales y en el debido proceso y teniendo en cuenta los principios de la nueva Constitución Política de 1991, La Ley General de Educación Ley 115 de 1994, el artículo 17 del Decreto 1860, La Ley 715 de 2001, el Decreto 1290 de 2009, los artículos 3°, 5°, 6°, 7°, 9°, 15°, 32°, 42°, 43°, 44°, 45° del Código del menor, los derechos del niño, el Código de la infancia y la adolescencia (ley 1098 – 06 en especial el título I y los artículos 41°, 42°, 43°, 44° y 45° del capítulo II). La Comunidad Educativa de La Institución Educativa del Colegio Agropecuario Tierra Adentro construyó este Manual de Convivencia de manera que permita un ambiente de participación con responsabilidad y diálogo, dinamizando criterios que contribuyan a la vivencia de algunos principios comprometidos con la justicia, verdad y desarrollo integral del estudiante.

 

El Manual de Convivencia surge como necesidad para la convivencia armónica de las personas que integran la Institución y está en concordancia con la Constitución Política de Colombia, la ley General de Educación y demás disposiciones legales. Éste concibe el proceso educativo como una acción conjunta que compromete a todos los miembros de la comunidad en su crecimiento integral como personas capaces de proyectar sus valores hacia la construcción de una sociedad más justa y solidaria.

 

Toda Institución Educativa debe poseer un esquema organizacional que le permita a los miembros de su comunidad ubicarse dentro de los parámetros y las normas que rigen el plantel, de esa manera se facilita la puesta en marcha de todo el andamiaje educativo, ubicando al estudiante dentro de la estructura institucional permitiéndole el desenvolvimiento de sus actividades académicas dentro de los límites establecidos y fijando el radio de acción para sus realizaciones. Por eso es necesario que el estudiante, el padre de familia y demás miembros de la comunidad educativa conozcan en su totalidad el Manual de Convivencia al ingresar a la institución y se acojan a las normas que los rigen y así ajustar sus patrones de comportamiento a la estructura institucional.  

2. MARCO LEGAL DEL PACTO POR LA CONVIVENCIA

 

Nuestro Pacto por la Convivencia, está enmarcado en la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación, ó Ley 115 de febrero 8 de 1994, Decreto N° 1.860 de agosto 3 de 1994, Decreto N° 1108 de 1994, Ley N° 715 de diciembre 21 de 2001, Ley N° 375 de 1997 (Ley de juventudes) la Ley N° 1098 (infancia y Adolescencia) de noviembre 8 de 2006 que deroga al llamado Código del Menor exceptuando los artículos 320 a 325 que siguen vigentes, el Decreto N° 2737 de noviembre de 1989 y el Decreto N° 1.290 de abril 16 de 2009, y por supuesto las recientes: Ley N° 1.620 y el Decreto N° 1.965 de 2013, de la Convivencia Escolar.

 

El quehacer educativo es amplio, articulado y persistente en la formación integral de los estudiantes, ayudándolos a actuar en la realidad para que asuman los compromisos de ciudadanos rectos, dignos y nobles de la patria.

 

Con relación a: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIANA: Resaltamos los siguientes artículos (1: Dignidad humana, 2: Fines esenciales del Estado, 16: Libre desarrollo de la personalidad, 18: Libertad de conciencia, 29: Debido proceso, 44: Derechos de los niños, 67: Derecho a la educación y 68: Libertad de enseñanza).

 

LEY 115 de 1994: Se asume toda la Ley, pero resaltamos los siguientes artículos (5: Fines de la educación, 6: Comunidad educativa, 7: La familia, 24: Formación ética y moral, 91: El Estudiante, 92: Formación del educando, 93: Representante de los estudiantes, 94: Personero de los estudiantes, 95: La matrícula, 96: Permanencia en el establecimiento educativo y 97: Servicio social obligatorio).

 

DECRETO 1860 de 1994 artículo 17. En particular debe contemplar los siguientes aspectos:

 • Reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la Comunidad Educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicoactivas.

 

• Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos.

 

• Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar.

 

• Normas de conducta que garanticen el mutuo respeto entre los miembros de la comunidad educativa.

 

• Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Deben incluir instancias de diálogo y conciliación.

 

• Pautas de presentación personal que preserven a los estudiantes de la discriminación por razones de apariencia.

 

• Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los estudiantes, incluyendo el derecho a la defensa.

 

• Reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo y para la escogencia de voceros en los demás consejos previstos en el presente decreto. Debe incluir el proceso de elección del personero de los estudiantes.

 

• Funcionamiento y operación de los medios de comunicación internos del establecimiento, tales como revistas, canal de TV, página Web, correo electrónico, entre otros.

 

• Reglas para el uso de la biblioteca y aulas especializadas.

 

DECRETO 1290 de abril de 2010:  Por el cual se reglamentan los propósitos de la evaluación del aprendizaje y los criterios de promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media, se concede autonomía institucional para construir el SIEE “Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes”.

 

DECRETO 1108 DE 1994. CAPITULO III “Porte y consumo de estupefacientes”. Por el cual se sistematizan, coordinan y reglamentan algunas disposiciones en relación con el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

 

Para efectos de los fines educativos, se prohíbe en todos los establecimientos educativos del país, estatales y privados, el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Será obligación de los directivos, docentes y administrativos de los establecimientos que detecten casos de tenencia o consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, informar de ello a las autoridades del establecimiento, padres de familia y defensor de familia.

 

LEY 112 DE 1991 CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ.

 

CÓDIGO DISCIPLINARIO ÚNICO LEY 734 DE 2002 Artículo 18.: Artículos significativos como (18: Proporcionalidad, 35: Prohibiciones y 42: Clasificación de las faltas)

 

LEY 1098 de 2006: LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA.  Se adopta toda la ley y Destacamos los siguientes artículos (7: Protección integral, 8: Interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes,  9: Prevalencia de los derechos, 11: Exigibilidad de los derechos, 18: Derecho a la integridad personal. 20: Derecho de protección. 26: Debido proceso, 28: Derecho a la educación, 31: Derecho a la participación de los niños, niñas y los adolescentes 33:Derecho a la intimidad 42:Obligaciones especiales de las instituciones educativas, 43:Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos y 44: Obligaciones complementarias de las instituciones educativas) anexar padres de familia y acudientes

 

DECRETO 1286 DE 2005. “Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados”… Reglamenta el Consejo de Padres y la Asociación de Padres de Familia”.

 

LEY N° 1620 Y EL DECRETO N° 1965 DE 2013, DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR. “Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar".  

3. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL

 

Con el propósito de responder a las exigencias de una educación integral la filosofía de la institución responde:

• Al desarrollo de las potencialidades innatas del educando, dentro de un ambiente de respeto y libertad por la persona humana.

 

• Un proceso educativo creado donde predomine el verdadero sentido de la comunicación, la justicia, la democracia y la participación enmarcada en los principios y valores familiares, sociales y del estado.

 

• Hacer de la persona humana un ser más perfeccionado y feliz que pueda servir a la comunidad.

 

• Afirmar el concepto de libertad a través del concepto de la transformación del mundo; conllevando a una responsabilidad, sociabilidad y trascendencia; donde el centro del proceso sea el alumno a quien la comunidad debe ofrecer respeto y posibilidad de auto superación, Concebir al educando como una persona integral en los aspectos físico, intelectual, moral, religioso social y estético; capaz de decidir su futuro en la búsqueda de una formación profesional y de integrase al trabajo productivo de su medio.

 

3.1 MISIÓN

La INSTITUCIÓN EDUCATIVA COLEGIO AGROPECUARIO  TIERRA ADENTRO es una institución oficial ubicada en el municipio de Cimitarra Santander Somos que trabaja por lograr una sociedad basada en el respeto mutuo  y en la felicidad de sus miembros, tanto mediante nuestra acción directa institucional, como a través de la formación de seres humanos: éticos consigo mismos, con los demás y con su entorno. Preparamos personas que: saben ser, aprender, hacer y convivir; capaces de decidir sobre su vida; y de proponer y participar en un cambio social desde el enfoque agropecuario para hacer de nuestro municipio una Cimitarra mejor. Soportamos nuestro quehacer diario a través del modelo pedagógico Social Cognitivo

 

3.2 VISIÓN

En el 2025 seremos reconocidos a nivel municipal y departamental por las acciones realizadas en torno a la cultura de la felicidad; por nuestra formación de seres humanos con excelentes cualidades éticas; por la continuidad del posicionamiento de la institución desde la calidad académica; y por preparar a nuestros estudiantes para desempeñarse de manera competente en el Siglo XXI.

 

POLÍTICA DE CALIDAD

Comprometida con la formación integral de sus estudiantes mediante el desarrollo de competencias y  cumpliendo con estándares nacionales enfocado en la formación de ciudadanos transformadores de su entorno cultural y social en un mundo globalizado, apoyados en un equipo humano calificado y los recursos necesarios para la mejora continua.

 

OBJETIVOS DE CALIDAD

• Consolidar una cultura de calidad que garantice la cobertura, eficiencia y transparencia en la administración.

 

• Orientar al estudiante para la sana convivencia y el trabajo con fundamento en valores, conocimientos, desarrollo de competencias con énfasis en el sector ambiental y agropecuario.

 

• Cumplir con estándares nacionales de formación mediante un currículo actualizado.

 

• Transformar el entorno cultural y social de nuestros niñas, niñas y jóvenes con el fortalecimiento de los proyectos de recreación y deportes.

 

• Trabajar por la mejora continua de los procesos misionales.

 

3.3 VALORES INSTITUCIONALES

La Institución educativa Colegio Agropecuario Tierra adentro enfatiza su quehacer pedagógico en la práctica de valores como:

 

AUTONOMÍA: Entendida como la capacidad del estudiante para hacer elección, tomar decisiones y regirse por las normas que elije y a partir de estas se piensa a sí mismo.                                                                                                                                                                                                                    RESPONSABILIDAD: Es una cualidad de los estudiantes como seres humanos a comprometerse con sus deberes dentro y fuera de la institución.

 

RESPETO: Es un valor basado en la ética moral, donde se acepta y se comprende la manera de pensar y actuar entre los miembros de la comunidad educativa. Es el reconocer el derecho ajeno entre las mayorías y las minorías.

 

LIBERTAD: Es la posibilidad que tienen los estudiantes para decidir, para actuar, en la diferentes situaciones que se presentan en el contexto educativo. No es hacer lo que se quiere, sino lo que se debe hacer en el al quehacer pedagógico.

 

TOLERANCIA: Es valorar y respetar las diferencias individuales entre cada uno de los miembros de la comunidad educativa. Es un principio de convivencia fundamental y necesaria para vivir en paz.

 

EDUCAR: Es donde el estudiante está en capacidad de formarse en valores y ser pertinente con la institución  y orientarse en aptitudes para desenvolverse dentro de su comunidad educativa.

 

COMPROMISO: Está claro que tener un compromiso personal conlleva el tener las ideas muy claras de lo que se quiere, y tener un plan para ejecutarlo, y por supuesto seguirlo sin abandonar en el intento, pase lo que pase, voy a lograrlo.

 

PERSEVERANCIA: Es cuando el estudiante se mantienen constante en sus propósitos o metas a pesar de sus adversidades

 

BONDAD: Es la virtud propia de los estudiantes como seres humanos de sentir compasión por los semejantes,  animales, la naturaleza. Actuando en beneficios de ellos sin búsqueda de un beneficio personal.

 

PACIENCIA: Es la capacidad de los estudiantes de soportar adversidades y de tolerar cosas molestas u ofensivas dentro de su entorno educativo y poder buscar soluciones para mejorar su diario vivir  como persona.   

 

3.4 PRINCIPIOS

El Colegio Agropecuario Tierra dentro  define los siguientes principios que son el hilo conductor para el ejercicio administrativo, el derrotero de sus prácticas pedagógicas y el modelo de enseñanza aprendizaje.

 

CALIDAD: trabajamos continuamente en procesos que buscan  la excelencia en todos sus elementos y componentes, para fortalecer y garantizar una educación pertinente e integral.

 

TRABAJO EQUIPO: Nuestra comunidad educativa trabaja por objetivos y metas claras, donde se desarrollan actitudes de liderazgo, cooperación, solidaridad y buenas relaciones inter e intra personales para lograr los mejores resultados garantizando así posicionarnos en una educación de calidad e integral.

 

COMPROMISO SOCIAL: Propendemos  por generar un impacto en el   entorno psicosocial, contribuyendo a la formación de seres humanos con sentido de pertenecía, responsabilidad   para fortalecer sus dinámicas de vida y relación con la comunidad.

 

MULTICULTURALIDAD: nuestra comunidad educativa promueve  una formación que permite compartir con los otros, con respeto por el modo de vida, creencias, valores y actitudes de los otros, en aras de fomentar el intercambio entre diferentes culturas valorando la diversidad. 

4. SÍMBOLOS INSTITUCIONALES

 

4.1 LEMA: “EDUCAR PARA LA VIDA”

 

4.2 ESCUDO                          

El escudo del Colegio Agropecuario Tierra Adentro  está conformado por los siguientes elementos:

 

EDUCAR PARA LA VIDA: es un fundamento o principio del plantel que aparte de orientar en la profundización de las Agropecuarias, el estudiante también aprende principios de solidaridad, equidad, respeto, tolerancia para tener un desarrollo integral como un ciudadano de bien.

 

FRANJA DE  COLOR AZUL: hace referencia a los lagos, ciénagas y quebradas que bañan la región.

 

FRANJA DE  COLOR AMARILLO: representa los puntos mineros y de explotación aurífera de la región.

 

FRANJA DE COLOR BLANCO: significa la paz y las vías de acceso terrestre.

 

TRÉBOL: las riquezas naturales de la región.

 

HERRAMIENTAS: representa el trabajo agrícola.

 

VACA: representa las explotaciones pecuarias de la región.

 

FRANJA SUPERIOR: significa la sabiduría y las riquezas hídricas de nuestra región.

 

LA FRANJA INFERIOR: significa las actividades agrícolas y pecuarias de nuestra institución.

 

 4.3 BANDERA

La bandera del Colegio Agropecuario está conformada por 3 franjas  horizontales, verde, blanco y amarillo 

 

El color verde representa los campos y montañas que se encuentran en nuestra región.

 

El color blanco representa la seguridad, bondad, e inteligencia de nuestros estudiantes.

 

El color amarillo representa la riqueza de nuestro suelo. El  libro simboliza ciencia, cultura y prácticas pedagógicas.

 

4.4 HIMNO

 

HIMNO DE TIERRA ADENTRO

Tierra Adentro, lugar de principios

Que cosecha semillas de paz

Vamos todos forjando un camino

Que conduce a la ciencia y verdad.

Coro

 

Nuestras manos empuñan trabajo

E intentamos el medio cambiar

Con esfuerzo y entrega  esperamos

Fomentar un ambiente de paz.

 

Estudiantes forjemos caminos

Paso a paso una meta alcanzar

Recordemos pilares mayores

Pertenencia, amor y libertad.

 

Es la tierra una vital riqueza

Que día a día queremos explotar

Con nuestras manos y nuestras ideas

De seguro lo podemos lograr. (Bis)

Coro…

5. COMUNIDAD EDUCATIVA

 

Según lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 1860 de 1994 la comunidad educativa está conformada por:

 

a) Las y los estudiantes que se han matriculado.

b) Los padres, madres, acudientes o en su derecho, y los responsables de la educación del grupo de estudiantes matriculados.

c) Las y los docentes vinculados que laboren en la institución.

d) Las y los directivos docentes y administradores escolares que cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo.

e) Las y los egresados organizados para participar.

                                                                                  

5.1 LECTURA DE CONTEXTO

La realidad de la escuela está marcada por la dinámica que se genera entre los miembros de la comunidad educativa. De ahí que sea indispensable en todo proceso pedagógico conocer los elementos significativos que la conforman. Para ello se requiere la capacidad de la persona, especialmente del docente, por hacer del acto educativo no un aspecto más de la vida, sino un proceso reflexivo, sistemático y con un sentido holístico sobre la persona y la comunidad.

 

La Lectura de contexto realizado en el Colegio Agropecuario Tierra Adentro  retoma aspectos no documentados por los diferentes actores que interactúan en cada una de las sedes que conforman la institución educativa. La convivencia escolar no solo está en el hecho de cumplir un currículo, unos temas, unas órdenes, sino que va más allá y plantea la necesidad de revisar las relaciones que se tejen, las dinámicas, el sentir entre las personas y el horizonte en el cual se establece la escuela.

 

Si bien las relaciones en nuestra comunidad educativa se califican como buenas entre estudiantes, profesores y padres de familia, hay que destacar que no ocurre lo mismo entre los propios estudiantes, pues, según la información recogida, formas comunicativas como la burla, el chisme y el rumor siguen teniendo una considerable presencia en las interacciones entre ellos principalmente en los adolescentes. Los testimonios de los estudiantes hacen pensar que estas formas prevalecen como mecanismos de inclusión y de exclusión para tejer lazos de complicidad con los integrantes de las «galladas» a las que se pertenece, y, al mismo tiempo, como formas de diferenciación y de oposición con los «otros extraños». Los chismes y los rumores suponen un pacto que implica el compromiso de guardar el secreto de aquello que se comunica, y que se manifiesta en enunciados como «no se lo cuentes a nadie», «aquí entre nos», «cuidado va a comentar», entre otros. Así mismo, y como muestran recientes investigaciones sobre el chisme y el rumor como mecanismos de crítica social, ellos suponen de los participantes un tipo de comportamiento más o menos ritualizado, que incluye, además del léxico, códigos (miradas dirigidas y sostenidas, exageración de las expresiones faciales, apertura de ojos, sonrisas, ubicación en un lugar retirado, acercamiento de cuerpos, palmoteo), y acústicos (tonos de voz). Alrededor de estas formas comunicativas se teje lo más cotidiano del conflicto y de la convivencia en la escuela.

 

La comunidad educativa (docentes, estudiantes y padres de familia) evalúan la convivencia como un desafío y un aprendizaje que no solo está ligado a la persona sino que requiere una revisión concreta del contexto en cada una de las sedes, de las dinámicas que se dan entre los estudiantes y profesores, con el objetivo de transformar las relaciones y establecer mecanismos de participación que permitan fortalecer el acto educativo.

 

Las conductas que se presentan con mayor frecuencia en la institución educativa  son: insultos y peleas, hablar mal; agresiones físicas y verbales dentro y fuera del aula y embarazos no deseados en adolescentes.  Se evidencia que la manifestación que caracteriza la agresión verbal, está relacionada en la modalidad de “poner apodos”; le sigue en orden de incidencia el maltrato físico indirecto cuando se trata de “esconder cosas”; asimismo, el maltrato por exclusión social, “ignorar” y “no dejar participar”, encabezan la lista de incidencia general.

 

Con relación a los conflictos, entre las causas más frecuentes según los estudiantes y profesores están la presencia de estudiantes conflictivos y la falta de respeto a la autoridad de los profesores. Se añade a esta problemática el reducido apoyo  de los padres y acudientes cuando se presentan los conflictos ya que la característica que prevalece en nuestras comunidades son las  familias disfuncionales donde se  presenta frecuentemente violencia y conflictos, deficiente comunicación, poca tolerancia, inflexibilidad  que puede llegar a afectar la autoestima y, por ende, lo relacionado con el ámbito educativo. Se evidencia además que la escuela no siempre cuenta con los medios adecuados para abordar algunos de estos tipos de conflictos.

 

Para la solución de conflictos, los profesores, estudiantes y padres consideraron que se dialoga y se llegan a acuerdos. En este aspecto se observa en la sede educativa una ampliación de los espacios conversacionales entre profesores y estudiantes, trascendiendo los temas académicos sobre otros de orden familiar y personal. Eso podría significar un fortalecimiento de los vínculos entre profesores y alumnos, que redundaría en un mejoramiento de los ambientes de convivencia.

 

Aparece aquí una variante dialógica de los maestros y como algo muy valorado por los estudiantes: el consejo. Este supone una experiencia de diálogo amistoso, que da   lugar al poder del profesor, quien aparece legitimado por su experiencia para proveer posibles salidas y soluciones frente a problemas que le plantea el alumno. Este último reconoce un poder moral en el profesor, que hace pertinente su lugar con una palabra que acompaña, que orienta y que muestra posibilidades de actuar.

 

En cuanto a las formas de abordar los conflictos, los estudiantes los comunican a los amigos en primer lugar y en segundo lugar a algún miembro de la familia y/o profesores. Los estudiantes se involucran e intervienen para abordar los conflictos, sean amigos o no.

 

Se puede decir que a pesar de que en el tiempo actual se tiene suficientemente claro desde el discurso, la corresponsabilidad de las dos grandes instituciones, escuela - familia, en la educación y formación de los estudiantes , aún se puede notar las barreras culturales manifestadas en preconcepciones ancestrales frente a la responsabilidad unilateral de cada una de ellas, ahondando aún más la brecha que desde el mero discurso, parece estar solucionada, esto debido a las manifestaciones de crítica y reclamo aún permanentes en el lenguaje cotidiano de quienes sobre sus hombros recae la responsabilidad social en materia educativa. Padres que en su cotidianidad no tienen claro hasta dónde llega su accionar frente a sus hijos cuando se les referencia el concepto de corresponsabilidad, aplicada en relación a los diferentes procesos normativos que adelanta el Colegio.

 

Las prácticas desde la normatividad, son respetadas y asumidas, si previamente se dialogan con los actores de la comunidad educativa, esto significa hacerlos conscientes del proceso reflexivo, con el propósito que estas normas sean interiorizadas y se puedan cumplir las responsabilidades. Cuando existe un proceso de comunicación de las normas, facilita que los actores de la comunidad asuman su responsabilidad y favorezca un espacio de construcción colectiva.

 

En el análisis de ésta situación se reconoce cómo en la cultura veredal se establecen practicas encaminadas a privilegiar el conflicto, donde se prioriza, comportamientos agresivos, más que los relacionados con la convivencia. En éste sentido, en los espacios educativos se evidenció una reproducción de ésta cultura, donde los padres de familia utilizan técnicas de control y coerción para evitar éste tipo de comportamientos a través de  acciones como  el grito, el golpe; en lugar de pensar en el diálogo de para la resolución de los conflictos.

 

Igualmente se evidencia la cesión de responsabilidad por parte de los directivos y docentes hacia los estudiantes y los padres de familia, delegando las diferentes responsabilidades de los procesos que se adelantan al interior del Colegio, pero no hay respuestas ante la corresponsabilidad. La institución comunica su PEI y los hace partícipes, sin embargo, éstos no la asumen. Los esfuerzos son crecientes, se han creado espacios, y se ha promovido una mayor participación en el establecimiento de las normas. Algunos de los espacios generados son: reuniones de padres de familia, consejo de padres, reuniones generales, escuela para padres, reuniones individuales, Gobierno escolar, planes de mejoramiento.

 

En cuanto a los procesos de mediación desde las prácticas educativas, se puede decir, que los docentes procuran ser agentes mediadores, ellos son conscientes de la existencia de la mediación democrática y participativa en el ámbito educativo.

 

El Colegio Agropecuario Tierra Adentro, asume su papel de mediación entre los directivos de la escuela y la familia, generando espacios para la obtención de acuerdos y acciones de mejoramiento. Algunos de estos espacios, son: en lo relacionado a los padres de familia, se evidencian espacios de interacción con el docente, citas programadas individuales, Escuelas de Padres donde se concretan y se solucionan conflictos, también cuando se socializa los manuales de evaluación y de convivencia. En éste punto se construyó colectivamente los niveles particulares de evaluación, el manual de convivencia se construyó con la comunidad, donde se brindó un espacio participativo, a fin de recibir propuestas. 

 

Algunas de las prácticas educativas que utilizan los directivos son las estrategias de comunicación entre los padres-madres, docentes y directivos, se encontraron prácticas efectivas como las circulares informativas y las reuniones periódicas con los padres-madres.

 

Sólo cuando hay un buen entendimiento entre los valores educativos que propone el centro, los que desarrolla la familia y los que están presentes en el contexto en forma de valores, los  estudiantes  encuentran coherentes y asumibles las normas a las que deben someterse.

 

 

De la confluencia de las instituciones llamarse escuela familia y sociedad, brotan claves normativas a las que cada estudiante  debe ajustarse para educarse y, a veces, simplemente, para sobrevivir sin sufrir demasiado daño; y de la configuración social del centro, como ámbito de convivencia, van a desprenderse las claves socializadoras.

 

Éstas claves simbólicas, junto con las evolutivas, son las responsables de los factores, tanto personales como situacionales que determinan la aparición o no de problemas de violencia.

6. OBJETIVOS DEL PACTO

 

6.1 GENERAL

Integrar y orientar a la comunidad educativa para que haya coordinación entre la familia y la institución con el fin de descubrir, complementar, y conocer las capacidades e inquietudes de los estudiantes  y de esta manera participar activa y dinámica mente en su formación integral.

 

6.2 ESPECÍFICOS

• Fomentar el espíritu crítico para que el alumno valore sus propias actuaciones y la de sus     semejantes.

 

• Establecer con claridad las normas y procedimientos que rigen las relaciones entre la institución y los estudiantes.

 

• Facilitar al estudiante el conocimiento de sus deberes, derechos, normas académicas y disciplinarias para un buen desempeño en el ámbito estudiantil.

 

• Promover el mejoramiento de las relaciones interpersonales entre los distintos agentes educativos.

 

• Dar elementos de juicio que induzcan a los alumnos a actuaciones responsables, honrosas, eficaces y creativas dentro y fuera de la institución.

 

• Vincular a los padres de familia a los procesos educativos que conlleven a la formación integral de sus hijos.

 

• Promover un alto nivel académico y cultural en constante enriquecimiento de acuerdo con los avances de la ciencia y la tecnología.

 

• Cuestionar y procesar las actuaciones de los docentes cuando vayan en contravía de la normatividad institucional y/o en detrimento de los derechos de los estudiantes.

 

• Estimular a los docentes, padres de familia y estudiantes que se destaquen en la defensa, cumplimiento, aplicación y promulgación del Manual de Convivencia.

 

• Fortalecer desde la normatividad el sentido de pertenecía y el respeto por su entorno.

 

• Facultar al Comité de Convivencia para que informe a los diferentes estamentos sus derechos y deberes como miembros activos de la convivencia en comunidad.

 

• Facultar al Comité de Convivencia para que informe a los diferentes estamentos de la comunidad educativa e instituciones pertinentes sobre procesos y estado de los casos que lo ameriten (Ley 1620 de 2013).

 

• Divulgar la filosofía, principios, visión, misión y fundamentos de la institución.

7. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

 

La educación es el medio por el cual se logra una verdadera transformación integral del hombre que conlleva al cambio de la sociedad y que le permite al estudiante potencializar capacidades dinamizando los diversos recursos que el entorno y la Institución le ofrece para su crecimiento personal y social.

 

Nuestra Institución brinda principios corporativos que responden a la concepción del hombre que se quiere formar y a la sociedad que queremos estructurar.

 

La educación requerida hoy debe tener un reencuentro social en torno a la cultura y a la pedagogía de la acción cotidiana que asegure, en el futuro, una amplia promoción de la capacidad creadora, una apropiación social del conocimiento científico y tecnológico para todos.

 

La participación comunitaria es condición básica para la transformación del esquema escolar para generar lazos fuertes con personas responsables y libres para la toma de decisiones.

 

Es necesario definir ciertos términos que fortalezcan el Pacto para la Convivencia y apoyen su comprensión:

 

Competencias ciudadanas. Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática.

 

Acción reparadora. Toda acción pedagógica que busca enmendar y compensar daños causados a otras personas. Son acciones que pretenden restablecer las relaciones o el ambiente escolar de confianza y solidaridad. Este tipo de acciones son construidas colectivamente y pueden activarse para atender conflictos manejados inadecuadamente (situaciones tipo I y II).

 

Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y  social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana; en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables .

 

Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

 

Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

 

Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.

 

Agresión esporádica. Cualquier tipo de agresión que ocurre solo una vez, es decir, que no hace parte de un patrón de agresiones repetidas contra una misma persona. Este concepto incluye eventos aislados de agresión física, verbal o relacional. No incluye agresiones electrónicas que se realizan en redes sociales virtuales, dado que estas, al divulgarse, se convierten en ofensas repetidas. Por ejemplo, subir una foto íntima a una red social en Internet no puede considerarse

Agresión esporádica a pesar de que la foto solamente se subió una vez, pues dicha foto puede ser compartida y reenviada innumerables ocasiones. En cambio, un mensaje de texto ofensivo sí puede considerarse agresión esporádica si no hace parte de un patrón de agresiones y es enviado solamente a la persona agredida.

 

Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

 

Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

 

Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

 

Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

 

Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o vídeos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

 

Acoso escolar (Bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente: por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

 

Ciber-acoso escolar (Ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y vídeo juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

 

Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".

 

Acoso por homofobia o basado en actitudes sexistas. Situaciones en las que se observan de manera repetida y sistemática agresiones como apodos, bromas, insultos, rumores, comentarios ofensivos verbales o escritos (notas en los baños, paredes, tableros, pupitres) relativos a la orientación sexual real o supuesta de la persona o a su identidad de género. Se incluyen prácticas repetidas de segregación (separar del grupo), de exclusión (impedir la participación en las actividades y toma de decisiones) o de discriminación (establecer barreras o restricciones para el disfrute de los derechos fundamentales). Este tipo de acoso generalmente se dirige hacia las personas que expresan una sexualidad que no cumple con los estereotipos sociales asociados al género o a la orientación sexual.

 

Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

 

Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

8. DE LOS ESTUDIANTES

 

8.1 DERECHOS DEL ESTUDIANTE

Los estudiantes como seres humanos en proceso de crecimiento con la capacidad de asumir su libertad y responsabilidades, acorde con las condiciones propias de cada etapa de su desarrollo, tiene derecho a:

 

01 Recibir una formación integral de acuerdo con: (Art. 44 y 67 Constitución Política de Colombia ; art. 41 y  42 de la Ley de la infancia y la adolescencia; Art. 91 y 92 de la Ley General de Educación ; Art 29  de la Ley 1620 de 2013 ; Art 35 del Dto. 1965 de 2013)

 

0.2. Recibir formación en los valores para la convivencia social (Art. 13 y 67 de la Const. Pol. De Col., art. 21 Ley General de Educación 115, Ley 1620 de 2013).

 

03. Acceder a la biblioteca escolar para consultas, previa presentación del carné.

 

04. Utilizar las aulas, escenarios artísticos, culturales y deportivos.

 

05. Recibir oportunamente los primeros auxilios en caso de ser requeridos.

 

06. Utilizar los servicios sanitarios y demás implementos de aseo de la institución.

 

07. Recibir oportunamente los boletines informativos y certificados de estudio cuando lo solicite.

 

08. Que se le respete sus incapacidades físicas, no obligándoles a práctica de deportes de educación física cuando estén clínicamente impedidos.

 

09. Que se le respeten sus creencias y prácticas legalmente establecidas como religión, manifestaciones artísticas y culturales.

 

10. No ser sometidos a castigos físicos, psicológicos o presiones de ninguna índole.

 

11. Ser evaluado justa y objetivamente.

 

12. Exigir respeto y trato adecuado de sus compañeros y superiores.

 

13. Ser orientado en la educación sexual y afectiva.

 

14. Participar en el gobierno escolar, a organizar y conformar comités de bienestar estudiantil, para que exponga sus inquietudes ante el rector(a) o profesores.

 

15. Recibir instrucción ética de acuerdo con sus convicciones y creencias.

 

16. A expresar deliberadamente sus pensamientos y cuestionar los aspectos de la institución: Académicos, docentes administrativos, sin perjuicios de ninguna acción o actitud de represalia.

 

17. Participar en actividades programadas y ser estimulados en su logro y avances.

 

18. Recibir la totalidad de clases de tal manera que garantice su formación integral.

 

19. Cuestionar técnicas y metodologías utilizadas en el proceso de enseñanza y sugerir mejores formas para una eficaz recepción del conocimiento.

 

8.1.20. Hacer propuestas sobre innovaciones o experimentos e inventos y ponerlos en práctica si son de valores científicos o pedagógicos.

 

21. No ser requerido ni notificado por autoridad externa del plantel estando dentro de la institución.

 

22. Que se le practique evaluaciones, reciban trabajos durante su ausencia con la previa presentación de la excusa por parte del padre de familia o acudiente.

 

23. Solicitar respetuosamente una explicación adicional cuando no ha comprendido los temas expuestos en clase.

 

24. Recibir actividades de recuperación y/o superación cuando presente insuficiencia en la consecución de logros y a conocer los resultados.

 

25. Presentar peticiones respetuosas ante las directivas de la institución y obtener respuesta conforme a la constitución y la ley.

 

26. A velar por el cumplimiento de sus derechos.

 

27. La protesta pacífica y respetuosa.

 

28. Que se le sancione las faltas como tales y en concordancia con el debido proceso, a apelar o pedir consideración sobre sanciones irregulares.

 

29. Una jornada escolar digna y ajustada a las condiciones del medio.

 

30. Un transporte digno y seguro.

 

31. No ser castigado colectivamente por un delito o falta en la cual no ha participado.

 

8.2 DEBERES DEL ESTUDIANTE

 

01. Asistir a clases y actos de comunidad programados por la institución.

 

02. Portar el uniforme en forma adecuada resaltando su presentación personal.

 

03. Participar activa y eficazmente en clase.

 

04. Respetar los símbolos que identifican la institución.

 

05. Contribuir a la conservación de la planta física, ayudas educativas, libros de la biblioteca, muebles, pupitres, mesas, elementos deportivos etc. Y cooperar en el aseo diario y buena presentación de los mismos.

 

06. Observar respeto y buen trato con sus compañeros y superiores dentro y fuera del establecimiento.

 

07. Presentar previa excusa si por algún motivo faltase a clase. Esta debe ser firmada por el padre de familia o acudiente.

 

08. Presentarse en estado de sobriedad y en uso de todas sus facultades mentales.

 

09. Evitar el uso del celular en horas de clase, ni objetos distractores como medios reproductores de sonido como audífonos, computadores portátiles, tablets, etc.

 

10. Cuidar de sus pertenencias, las de sus compañeros y de la institución, haciéndole responsable por el daño o pérdida de sus elementos.

 

11. No participar en hechos bochornosos que comprometan el buen nombre de la institución, dentro y fuera de la misma.

 

12. Observar un vocabulario decoroso con sus compañeros, profesores y demás personas.

 

13. Representar al plantel con decoro y dignidad en los actos que se realicen.

 

14. Aceptar con agrado y poner en práctica las sugerencias hechas por sus superiores.

 

15. Evitar el fraude y la adulteración o sustracción de documentos.

 

16. Durante el descanso el alumno debe permanecer fuera de las aulas de clase.

 

17. Estar atentos a los cambios de clase.

 

18. No traer al plantel elementos que representen peligro físico o inmoralidad.

 

19. Efectuar el aseo de los salones según disposición del profesor o comité de aseo.

 

20. Evitar salirse de las aulas de clase o de la institución durante la jornada académica.

 

21. Evitar comportamientos que puedan causar daño físico o pongan en ridículo a las personas que conforman el estamento educativo.

 

23. Hacerse responsable de sus pertenencias como joyas, dinero u otros, que conlleven a atentados contra su integridad física.

 

24. Evitar el uso de maquillaje desmedido.

 

25. Evitar utilizar el nombre de la institución para la organización de actividades que representen dividendos económicos, tales como rifas, bailes, bazares etc. Sin previa autorización del plantel.

 

26. No involucrar a los profesores en hechos desobligantes que comprometan su honra y ética profesional, cuando no haya una evidencia imputable.

 

27. Cumplir responsablemente con sus deberes académicos.

 

28. Participar activamente en algún comité del gobierno escolar.

 

29. Mantener la disciplina dentro y fuera de las clases.

 

30. Participar en actividades extraclase.

9. RESPONSABILIDADES EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

 

Están fijadas las siguientes responsabilidades de la Institución, de rectoría  y los Docentes, en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Son además responsabilidades de los Padres y Acudientes, las definidas en el presente Pacto en el componente sobre Deberes de los Padres de Familia o Acudientes.

 

9.1 RESPONSABILIDADES DE LA INSTITUCIÓN

01. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

 

02. Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la Ley 1620 de 2013.

 

03. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.

 

04. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.

 

05. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.

 

06. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.

 

07. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.

 

08. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.

 

09. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.

 

9.2 FUNCIONES DEL RECTOR(A). Tiene la Rectoría  las siguientes responsabilidades:

01. Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la Ley 1620 de 2013.

 

02. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

 

03. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el Pacto para la Convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.

 

04. Reportar a Comisaría de Familia, Personería, Policía de Infancia y Adolescencia y/o a otras instancias, aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

 

9.3 FUNCIONES DE LOS DOCENTES

01. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el Pacto para la Convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

 

02. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

 

03. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

 

04. Contribuir a la construcción y aplicación del Pacto Institucional para la Convivencia. 

10. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

 

10.1 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA. En  la Institución se contemplan los siguientes derechos para los padres de familia o acudientes:

 

01. Elegir y ser elegidos como miembros del Consejo de Padres de Familia (Artículo. 7 Ley General. de Educación., Decreto. 1286 de abril del 2005).

 

02.  Nombrar los representantes para el Consejo Directivo de la Institución (Artículo. 14 Ley General. de Educación.).

 

03. Designar al presidente del Consejo de Padres como su representante ante el comité de convivencia escolar (ley 1620 de 2013)

 

04. Solicitar información sobre el proceso formativo del educando, cuando lo considere necesario, siguiendo el conducto regular. (Artículo.14 Ley General. de Educación).

 

05. Recibir trato cordial y respetuoso por parte de cualquier miembro de la comunidad educativa.

 

06. Coordinar con los docentes y el educando las actividades tendientes a la recuperación de logros pendientes.

 

07. Representar y acompañar al educando en los procesos disciplinarios, garantizándoles el derecho de defensa.

 

08. Ser atendidos en sus justas reclamaciones, por parte de los docentes, directivo docente y demás personal que labora en la institución.

 

09. Retirar al educando de la Institución cuando sea necesario, previa autorización escrita de directivo docente o en su ausencia; del director de grupo.

 

10. Presentar críticas constructivas, sugerencias o iniciativas que propendan por la formación integral del educando, siguiendo el conducto regular.

 

11 .Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI.

 

12. Interponer recurso de reposición y/o de apelación cuando en contra del educando se presente un proceso disciplinario.

 

13. Conocer oportunamente las citaciones o circulares expedidas por estamento de la institución.

 

14. Recibir oportunamente los boletines periódicos de desempeño académico y de convivencia del educando.

 

10.2 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA. Son deberes de los padres de familia o acudientes de La Institución Educativa Colegio Agropecuario Tierra Adentro Los siguientes:

 

01. Velar por la conducta de sus hijos fuera del plantel.

 

02. No ocuparlos en trabajo en horas de clase señalados por el plantel; salvo en gran necesidad

 

03. Suministrarle oportunamente los útiles y demás elementos que necesiten para su aprendizaje.

 

04. No criticar en la casa y en presencia de los alumnos las actuaciones de los profesores.

 

05. Dar aviso oportuno por escrito o personalmente sobre las faltas de asistencia de sus hijos.

 

06. Informarse personalmente sobre la conducta, puntualidad y asistencia de sus hijos.

 

07. Acudir sin demora cuando sea llamado para responder por las faltas de sus hijos.

 

08. Procurar que sus hijos cumplan sus obligaciones escolares.

 

09. Enviar a sus hijos bien aseados y bien presentados con el uniforme.

 

10. Asumir los costos ocasionados por sus hijos en el deterioro o daño de muebles y enceres del colegio, a terceros (docentes, compañeros, personas de la comunidad) al igual que por lesiones físicas causadas a otros (ley 1098 de 2006, artículo 170, Ley 1620 de 2013). 

 

11. Colaborar con la Asociación de Padres de familia y el gobierno escolar.

 

12. Velar para que los estudiantes cumplan con las normas   del manual de convivencia, dentro y fuera de la Institución.

 

13. Mantenerse en contacto con la institución, para averiguar sobre el rendimiento académico y disciplinario del educando.

 

14. Asistir a las citaciones, reuniones o asambleas programadas por la institución, sean el directivo, los docentes o la asociación de padres de familia, quien las convoque.

 

15. Mantener un diálogo formativo con el educando que conlleve el mejoramiento de la labor docente.

 

16. Participar en las actividades de formación programadas por la escuela de padres.

 

17. Velar para que el educando asista a la jornada escolar, debidamente presentado, con el uniforme del día correspondiente.

 

18. Crear en el ambiente familiar un espacio que favorezca la formación integral del educando.

 

19. Al hacer uso de su derecho de reclamos, dirigirse con respeto y cordura tanto a docentes como personal administrativo o cualquier miembro de la comunidad educativa.

 

20. Proceder con cordura y respeto cuando el educando presente situaciones de deficiencia académica, indisciplina o conflictos.

 

21. Asistir a la institución decentemente vestido, como muestra de responsabilidad y buen ejemplo.

 

22. Solicitar personalmente, ante quien corresponda, autorización escrita para retirar al educando de la jornada escolar.

 

23. Respetar las creencias o ideologías de los demás miembros de la comunidad escolar.

 

24. Inculcar en el educando valores cívicos, normas de urbanidad y de convivencia social.

 

25. Evitar que el educando lleve objetos que no sean de su pertenencia y cuando lo haga averiguar su procedencia.

 

26. Responder por los daños causados en la institución por el acudido, cuando se trate de bienes pertenecientes a la misma o de algún miembro de la comunidad educativa.

 

27. Cumplir con las obligaciones contraídas con la institución, y con las actividades programadas por la asamblea de padres de familia.

 

28. Representar con responsabilidad a los padres de familia en los estamentos para los cuales haya sido elegido.

 

29. Abstenerse de distorsionar las informaciones recibidas por parte de los miembros de la comunidad educativa; así como no denigrar de palabra o de hecho de cualquier miembro de la comunidad educativa.

 

30. Velar por la buena imagen pública de la institución.

 

31. Dirigirse con respeto y dignidad a los profesores, cuando por razones académicas o de convivencia sea requerido por ellos.

 

32. Utilizar el conducto regular para el trámite de cualquier inquietud, sugerencia o reclamo así: profesor, director de curso, Coordinador (sí lo hay), Comité de Convivencia escolar, Consejo Académico, Rector, Consejo Directivo). 

11. EL COMITÉ INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA Y LAS SITUACIONES MÁS COMUNES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESTUDIANTIL

 

11.1 EL COMITÉ INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA.

Nuestro Comité Institucional de Convivencia, lo entendemos como una herramienta pedagógica para lograr la autonomía escolar, está debidamente conformado y se legaliza su existencia mediante el presente Acuerdo del Consejo Directivo.  Se crea, concibe y funciona nuestro Comité como un órgano consultor del Consejo Directivo y de la Dirección rural, que busca servir de instancia en la solución acertada del conflicto escolar, dentro del debido proceso. Se acoge como una recomendada herramienta pedagógica muy valiosa porque la reflexión colectiva conduce al conocimiento legitimado de los seres humanos que conviven, a la aplicación pertinente de la norma, y si se quiere o requiere a la construcción o reconstrucción de la misma, porque hemos decidido hacer todos siempre lo correcto y cuidarnos entre todos y porque estamos de acuerdo con que el estudiante aprende además desde el error y aprende a desprender otras acciones que estaban preestablecidas y diseñadas, sea en su medio o en su ambiente social.

 

Tiene como criterios básicos que la autonomía moral, como finalidad de la educación al igual que la formación integral, se adquiere con base en la práctica y vivencia de los valores  de: el respeto, la solidaridad, la justicia y la responsabilidad y que ha sido creado para contribuir, en el marco de la ley 1620, a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educación –Ley 115 de 1994– mediante la creación del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativos de preescolar, básica y media y prevenga y mitigue la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.

 

El Comité Institucional de Convivencia de nuestra institución educativa, según lo convenido, se reúne ordinariamente cada mes, extraordinariamente cuando se requiera y tiene los siguientes integrantes, roles y funciones:

 

El Personero Escolar, que se elige anualmente, para promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, conforme a la norma, recibiendo por tanto las posibles quejas y reclamos que al respecto presenten los miembros de la comunidad.

 

El presidente o líder del Consejo de Estudiantes, elegido para cada vigencia por los mismos estudiantes líderes de cada grupo, para participar en los análisis y acciones del Comité en pro de la Convivencia escolar desde la mirada de los niños(as) y los jóvenes,

 

El representante de los Padres de familia, que se elige también anualmente, para conocer sobre el rendimiento académico y comporta mental de los estudiantes y participar en las acciones de mejoramiento.

 

Los representantes (3) de los profesores de algunas sedes , elegidos anualmente durante la primera semana de Desarrollo Institucional, formadores que apoyan por excelencia los procesos pedagógicos del estudiante para promover el análisis de las posibles situaciones conflictivas de los estudiantes hacia las soluciones más pertinentes o adecuadas posibles.

La Rectoría  quien liderará y representará el Comité para todas las sedes Colegio

 

Específicamente desde la normatividad vigente, se asignan las siguientes funciones al Comité Institucional de Convivencia:

 

• Establecer su organización y reglamentación interna.

 

• Liderar campañas preventivas que garanticen la armonía en la convivencia social. Diagnosticar periódicamente las tendencias de comportamiento de los estudiantes, para proponer criterios y mecanismos que ayuden a fomentar una convivencia armónica entre todos los estamentos de la escuela respectiva.

 

• Sugerir los correctivos que se deriven del análisis de las situaciones presentadas relacionadas con el comportamiento de los estudiantes.

 

• Emitir conceptos ante consultas presentadas por los diferentes estamentos del Colegio.

 

• Mantenerse actualizado en tendencias y normas legales.

 

• Evaluar periódicamente los resultados de las actividades realizadas y promover las acciones necesarias.

 

• Tomar decisiones relacionadas con el comportamiento de los estudiantes de conformidad con las normas y procedimientos previstos en este Manual de Convivencia.

 

• Servir de consultor para las decisiones que en primera instancia deba resolver la Rectora respecto de conflictos que se presenten con los estudiantes, de acuerdo con las normas y procedimientos previstos en este Pacto para la Convivencia.

 

• Elaborar acuerdos por los cuales se toman decisiones para aplicar sanciones o estímulos a los estudiantes.

 

• Participar en las modificaciones y ajustes del Pacto de Convivencia de acuerdo con las evaluaciones, sugerencias, inquietudes y recomendaciones de la comunidad educativa.

 

• Dejar constancia en actas debidamente firmadas, de las situaciones analizadas en el Comité.

 

• Evaluar en cualquier tiempo los desempeños de los estamentos de la Institución Educativa, con relación al buen ambiente y la armonía en las relaciones interpersonales, formulando a las áreas responsables o involucradas, las sugerencias y consideraciones que estimare necesarias.

 

• Prevenir, las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que puedan llegar a ser ejercidas sobre uno o varias personas de la institución por uno o más estamentos, encaminadas a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo.

 

• Actuar como conciliador reservado en los casos concretos que susciten reclamaciones de acoso por parte de los servidores, para lo cual deberá examinar de manera confidencial, cuando a ello hubiere lugar, los casos específicos o puntuales en los que sean planteadas situaciones que presuntamente pudieren tipificar conductas o circunstancia de acoso y proponer alternativas para superar las tensiones generadas.

 

• Formular las recomendaciones pertinentes para reconstruir, renovar y mantener la convivencia en las situaciones presentadas, manteniendo el principio de la confidencialidad.

 

• Promover el desarrollo efectivo de mecanismos de prevención y promoción de la ley de infancia y adolescencia, prevención de sustancia psicoactivas y desarrollar en armonía los proyectos y espacios curriculares y extracurriculares.

 

• Recomendar a las directivas, políticas de administración y sana convivencia.

 

• Abrir espacios de concertación si lo fuera necesario o recolectar evidencias, para sugerir de común acuerdo abrir un caso disciplinario o correctivo legal ante el consejo directivo.

 

• Las demás actividades inherentes o conexas con las funciones anteriores.

 

11.2 LAS SITUACIONES MÁS COMUNES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA

Hemos definido entre todos que las situaciones más comunes a evitar, reflexionar, contrarrestar, restaurar y si sancionar se requiere, son actual y periódicamente:

 

•Agresiones físicas.

 

• Falta de respeto entre los estudiantes.

 

• Falta de compromiso y de responsabilidad de los padres de familia.

 

• Intolerancia.

 

• Chismes

 

• Porte de armas.

 

• Amenaza con armas

 

• Vocabulario soez. Agresiones verbales, gestuales, relacionales entre estudiantes.

 

• Acoso escolar (verbal, electrónico, gestual, relacional).

 

• Irresponsabilidad de los estudiantes.

 

• Juegos bruscos.

 

• Falta de escucha.

 

• Falta de sentido de pertenencia.

 

• Escasa o incompleta comunicación

12. PAUTAS Y ACUERDOS QUE DEBEMOS ATENDER TODOS LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA PARA GARANTIZAR LA CONVIVENCIA ESTUDIANTIL

 

• Entender la convivencia escolar como un proceso y no como un fin, que es transversal en todos los escenarios y momentos de la formación.

 

• Asumir la convivencia escolar con corresponsabilidad, como un asunto colectivo en el cual todos aportan.

 

• Promover iniciativas orientadas al mejoramiento de la convivencia escolar, desde lo individual, lo familiar, lo institucional y lo social.

 

• Garantizar respeto por el ejercicio de los derechos humanos y los derechos sexuales y reproductivos.

 

• Permitir el ejercicio de la ciudadanía y el desarrollo de competencias ciudadanas

13. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES, COMUNES Y NO COMUNES, QUE NOS

AFECTAN LA CONVIVENCIA

 

Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, están consagradas en el Art 40 del decreto 1965 y se clasifican en tres tipos donde a continuación se relacionan:

 

SITUACIONES TIPO I  (PROTOCOLO TIA): Situaciones relacionadas con aspectos personales que no afectan directamente la convivencia  TIPO I (protocolo TIA):

 

TIA-1 Falta de compromiso con las actividades curriculares: académicas, culturales, cívicas          y deportivas.

 

TIA-2 Impuntualidad o ausencia no justificada: Llegar tarde al colegio. Asistir tardíamente a la jornada académica, a  los cambios de clase, después de descansos, actos comunitarios y eventos.

 

TIA-3 Entorpecimiento o distorsión de la comunicación  u omisión de información entre la institución y los padres o acudientes.  

 

TIA-4 Manejo ineficaz del tiempo: dificultades de concentración, atención y escucha durante el desarrollo  de los procesos de aprendizaje afectando su calidad.

 

TIA-5 Utilizar inadecuadamente objetos y/o artefactos tecnológicos que distorsionen el ambiente de estudio o que no estén en concordancia con las actividades académicas y  de convivencia.

 

TIA-6 Presentación personal  no acorde con lo estipulado en este manual de convivencia.

 

TIA-7 No realizar el aseo del aula de clase o de los sitios de la institución que se le asignen. 

 

TIA-8 Desplazarse de manera desordenada,  tirar objetos o gritar, empujar, no conservar la fila, no ir en el lugar asignado, golpear o molestar a los demás.

 

TIA-9 Quedarse durante los descansos en los espacios no autorizados para ello

 

TIA-10  Comprar y consumir alimentos en los espacios y horarios no permitidos por la institución.

 

TIA-11 Mal uso y desaprovechamiento del refrigerio escolar: arrojándolo a la basura, al patio o hacia los demás.   

 

SITUACIONES TIPO 1 (PROTOCOLO TIB): Situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los DDHH y DHSR TIPO I (protocolo TIB)

 

TIB-1 Asume acciones inadecuadas en las relaciones interpersonales: hacer caso omiso a las observaciones que se le hacen, utilizar vocabulario inadecuado, gritar o maltratar verbalmente a los demás, desatender o incumplir normas estipuladas en cada dependencia, faltar a la escucha respetuosa de quien le habla, hacer comentarios inapropiados de los demás: difamación, rumores y secretos, interrumpir el trabajo propio o el de los demás, con charlas frecuentes, risas, burlas, juegos, gestos, silbidos, remedos, realizar exclusión social o aislamiento e irrespetar los símbolos patrios e institucionales)

 

TIB-2 Manifestaciones públicas de actos sexuales explícitos (de igual o diferente género) que se consideran atentan contra la moral y las sanas costumbres, durante la jornada escolar, mientras porten el uniforme o permanezcan en la institución.

 

TIB-3 Dañar, ensuciar, desordenar o crear caos con los enseres públicos, privados o personales en todos los espacios de la institución .

 

TIB-4 Promover, secundar o protagonizar celebraciones inadecuadas arrojando huevos, harina, agua, aleluya o cualquier otro elemento.

 

SITUACIONES TIPO II

TII-1 Reiteración de situaciones tipo I que causen daño al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados (caso agresiones físicas o verbales)

 

TII-2 Asumir actitudes  irrespetuosas, desafiantes y/o contestatarias con cualquier miembro de la comunidad educativa o perteneciente al entorno.

 

TII-3 Evadirse de la institución utilizando las mallas, paredes o hacerlo por la portería.

 

TII-4 Dejar de asistir o ausentarse de la institución sin la debida autorización de sus padres o  acudientes responsables.     

 

TII-5 Intimidar a otra persona de la comunidad educativa, de palabra o de hecho generando  actitudes nocivas.   

 

TII-6 Incumplir  los compromisos pedagógicos previamente asumidos por el estudiante con sus padres o acudientes responsables.

 

TII-7 Robar o hurtar  pertenencias ajenas.

 

TII-8 Distorsionar o dañar la buena imagen institucional, dentro o fuera de la misma.

 

TII-9 Utilizar el nombre de la Institución para cualquier actividad que no haya sido programada o autorizada expresamente por sus directivos.

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TII-10 Participar o promover actividades de satanismo o hechicería.

 

TII-11 Traer a la institución material pornográfico y/o difundirlo.

 

SITUACIONES TIPO III

TIII-1 Promover, secundar, incitar y/o participar en acciones o situaciones que atenten contra la integridad física o moral de cualquier miembro de la comunidad educativa, incluyendo espacios deportivos y recreativos.

 

TIII-2 Atentar contra la vida o integridad de cualquier persona.

 

TIII-3 Comisión de actos que van en contra de la honradez como lo son: Cometer fraude en evaluaciones, talleres o trabajos asignados, alterar archivos, libros reglamentarios, informes de desempeño o planillas de seguimiento, a la par con falsificar firmas y, suplantar a otros o hacerse suplantar en actividades institucionales, para evadir responsabilidades o con el objeto de presentar pruebas de carácter académico.

 

TIII-4 Sobornar, extorsionar o encubrir a otro.

 

TIII-5 Participar o promover el ejercicio de la prostitución, abuso sexual, explotación sexual infantil o comercialización del cuerpo en cualquiera de sus formas.

 

TIII-6 Compartir o realizar prácticas sexuales como: penetrativas, exhibicionismo,  masturbación, acoso sexual, coerción sexual, violencia sexual, acto sexual violento en persona puesta en incapacidad de resistir o con menores de 14 años, o relación sexual con cualquier miembro de la comunidad educativa dentro de la institución.

 

TIII-7 Retener o secuestrar algún miembro de la comunidad educativa.

 

TIII-8 Consumo, incitación al consumo, porte y/o distribución dentro y fuera de la Institución de sustancias psicotrópicas, cigarrillos o cualquier tipo de licor.

 

TIII-9 Introducir, comercializar, distribuir y/o activar explosivos y elementos que causen fuego, dentro o en el entorno de la Institución.

 

TIII-10 Usar, portar, exhibir y/o guardar armas blancas,  de fuego o químicas.

 

TIII-11 Agredir, acosar o intimidar usando las  Tecnologías de la Información y la Comunicación  (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico (Ciberbullying).

 

TIII-12 Discriminar verbal o físicamente a otros por razón de su raza, nacionalidad, ideología, sexo u orientación sexual. (Ley 1482)

 

TIII-13 Acoso  a  los estudiantes  que sobresalen por su desempeño académico  o por sus aportes a la sana convivencia.

 

TIII-14 Calumniar o difamar a cualquier miembro de la comunidad educativa, afectando su honra  y buen nombre utilizando medios verbales, físicos o virtuales

 

TIII-15 Las conductas tipificadas como delito en el Código Penal Colombiano y las tipificadas en la Ley de Infancia y adolescencia (Ley 1098).

14. PROTOCOLOS DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESTUDIANTIL

15. REPARACIÓN DE LAS FALTAS DESDE LA JUSTICIA RESTAURATIVA

 

La reparación de la falta desde la justicia restaurativa, tiene como finalidad recomposición de las relaciones afectadas por el conflicto, instaura una cultura de la responsabilidad al asumir las consecuencias de un acto, repara el daño causado a los efectos, y permite una solución digna desde los principios humanos y éticos.

 

En éste sentido se busca que el estudiante que haya cometido una falta Tipo I o Tipo II, ejerza además una reparación social, moral y material según el caso específico.

 

Situaciones Tipo I. Dentro de las acciones reparadoras podrían incluirse: pedir disculpas al compañero o docente agredido ante el grupo y/o los involucrados, lavar o reparar el material dañó, ensució o tiró, preparar un tema para la clase del docente al que no respeta, elaborar una cartelera alusiva al valor contra el que cometió la falta y publicarla en un lugar visible en la Institución

El docente que recepciona la falta puede plantear o proponer acciones que permitan garantizar la reparación de la falta.

 

Situaciones Tipo II. Entre otras acciones reparadoras podrían incluirse las siguientes: colaborar con la docente en actividades de embellecimiento de la sede, ayudar en el restaurante escolar, preparar un taller sobre la falta cometida y exponerla a sus compañeros, padres de familia o en grupos inferiores, realizar un taller sobre los valores con un grupo sea de primaria o secundaria, saludar cordialmente a cada uno de sus compañeros al inicio de una clase, traer a su acudiente y juntos participar en un punto en un acto cívico (especialmente para los padres que no evidencian mucha corresponsabilidad), hacer una investigación o un taller de las consecuencias psicológicas, físicas y morales del acoso escolar, consumo de drogas, otros; suspensión de clases, pero no de la jornada académica ni de la Institución si es del caso, tiempo en el cual podría apoyar actividades propias del colegio o de la escuela; firmar acta de compromiso.

 

En vista de que ante las Situaciones Tipo II siempre se debe llamar a acudiente para iniciar el proceso, con éste se podría acordar la acción reparadora que va a realizar su hijo y se podría incluso encargar a éste de verificar su cumplimiento.

 

Situaciones Tipo III. Luego de convocados los representantes legales del estudiante se notifica la sanción por escrito para ser firmada  y se establecen acciones reparadoras  relacionadas con investigación, talleres, sobre temas relacionadas con la falta incurrida. 

16. FORMALIDADES DEL DEBIDO PROCESO

 

16.1 TÉRMINOS: Todos los recursos deberán ser sustentados dentro del término de ley. El recurso de reposición deberá interponerse dentro de los 3 días siguientes a la decisión; el de apelación dentro de los 5 días siguientes a la decisión y el de revisión dentro de los 5 días siguientes de quedar en firme la decisión. Todos los recursos deberán presentarse por escrito.

 

16.2 VENCIMIENTO DE TÉRMINOS: La acción y sanción disciplinaria prescriben al año siguiente de haberse cometido la falta.

 

16.3 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO:: Para la investigación de las faltas contempladas en el Pacto para la Convivencia del Colegio Agropecuario Tierra Adentro, se seguirá el procedimiento disciplinario que a continuación se describe:

 

16.4 LA TITULARIDAD DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA: La I.E es la titular de la potestad disciplinaria correspondiéndole en competencia al Docente, Rector  y Consejo Directivo.

 

16.5 DEBIDO PROCESO: El estudiante deberá ser investigado por el funcionario competente y con observancia formal y material de las normas que determinen la ritualidad del proceso en los términos de este Pacto para la Convivencia y de Ley. Con el fin de garantizarle el derecho a la defensa, el estudiante podrá designar quien lo represente dentro del proceso, que podrá ser su acudiente o un defensor de oficio.

 

16.6 ASPECTOS TENER EN CUENTA EN EL DEBIDO PROCESO: 

La Legalidad de la falta: la falta debe estar consignada en el Pacto de Convivencia.

La legalidad de la sanción: la sanción debe estar establecida en el Pacto de Convivencia para ser aplicada.

 

CONSIDERACIÓN DESDE EL DERECHO DE LAS SITUACIONES AGRAVANTES O EXHIMIENTES, CAUSALES DE AGRAVACIÓN Y ATENUACIÓN:

 

Causal de agravación: Sería negarse a firmar el Libro de Seguimiento y/o la constante reiteración de faltas Tipo I.

 

Causal de atenuación: confesarla y resarcir el daño.

 

Desde lo psicopedagógico: atención integral.

 

Competencia para sancionar: De conformidad con lo establecido en la Ley General de la Educación y el Decreto 1860, la persona competente para sancionar una falta grave en la Institución es el rector (a) o director(a) rural (art. 25 Decreto 1860). El Comité de Convivencia es un órgano consultor para investigar faltas.

 

Derecho de Defensa: El estudiante tiene derecho a hacer sus descargos de forma inmediata a la ocurrencia a su falta y por escrito. Después de comunicada la sanción, el estudiante puede interponer:

 

Del Recurso de Reposición: Se hace el Recurso de Reposición ante la persona o instancia que impuso una sanción, para que la considere según los argumentos del caso y puede hacerse en forma verbal y/o escrita. El recurso debe presentarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la respectiva notificación.

 

Del Recurso de Apelación: Se hace ante la instancia inmediatamente superior y en forma escrita, superada la etapa de Reposición.

 

Del Debido proceso para faltas Tipo I: Además de la posible acción de Restauración, se haría el correctivo con llamada de atención verbal en privado o público, según el caso: lo aplica la autoridad educativa que se enteró de la falta. Es una invitación a reflexionar sobre la conducta errónea y a interiorizar la norma a través de un diálogo formativo. Requiere dejar constancia por los involucrados y debe quedar titulada como tal en la carpeta u observador de seguimiento comporta mental.

 

Notificación al acudiente: se realiza un diálogo con el padre de familia o acudiente, estudiante y docente de grupo frente al proceso comporta mental a manera de auto evaluación y coevaluación. Todos los participantes firmarán un compromiso en el observador tendiente a mejorar la actitud presentada. Aquí se realiza un acta de compromiso.

 

En caso de continuar las conductas inadecuadas se convertirán en faltas Tipo II y deben ser sancionadas como tal.

 

Del Debido proceso para faltas Tipo II y Tipo III:  Estará siempre acorde con el artículo 29 de la Constitución Nacional.

 

Además de la posible acción de Restauración, en su implicación el educando inculpado tendrá derecho a conocer la falta, a que se aporten las pruebas sobre la misma, a ejercer el derecho a la defensa, a pedir práctica de pruebas sobre los mismos hechos, a ser asistido en los descargos por el Personero estudiantil, su padre de familia o acudiente que haya firmado la matrícula y por el Defensor de menores, si el caso lo amerita.

 

Existirá siempre informe escrito del docente que presenció el hecho o que ha seguido el proceso del estudiante. De ser necesario se apoyará en el Observador o Ficha de seguimiento.

 

Notificación a comité de convivencia de sede: quien presenció la falta informan la situación por escrito al comité, quien dispondrá de hasta dos (2) días hábiles para recoger las pruebas y luego citar al estudiante.

 

Se fijará fecha y hora para tratar el asunto con los padres de familia, el docente de grupo y demás posibles personas implicadas. Para fijar metas de mejoramiento con fechas específicas y, si lo considera necesario remitirá previamente el caso al Comité de Convivencia Escolar para su respectivo análisis.

 

El comité tendrá hasta tres (3) días hábiles para analizar el hecho y organizar un informe escrito de todo el caso y aplica la suspensión de uno (1), dos (2) o tres (3) días hábiles de clase, según el proceso que se lleva hasta el momento. En caso de que la situación con el estudiante no mejore con dichas sanciones, se pasará a la Dirección Rural mediante un informe escrito para las acciones que correspondan y/o la sanción progresiva que deba adoptarse.

 

En Situaciones Tipo III, es la Directora rural quien también asumirá la orientación del caso remitiendo a la autoridad competente, además tendrá hasta tres (3) días hábiles para analizar el hecho y aplicar la posiblemente recomendada y discrecional suspensión, entre cuatro (4) y quince (15) días hábiles de clase, según el proceso que se lleva hasta el momento.

 

Notificación al Consejo Directivo: La Directora rural informa por escrito todo el proceso que se ha llevado y éste después de recoger evidencias, escuchar al implicado con su acudiente y estudiar la normatividad, podrá determinar:

- Si lo(a) exime de culpa.

- Si debe reparar el hecho.

- Una actividad psicopedagógica.

- La búsqueda de un apoyo profesional.

- La suspensión hasta por un año (1 año) lectivo

 

Los Recursos: Después de la notificación, el estudiante tendrá hasta tres (3) días hábiles para reposición y/o apelación del fallo.

 

El consejo directivo podrá determinar la desescolarización de dieciséis (16) días hábiles de clase en adelante. Esta medida se adoptará después de analizar detenidamente la falta del estudiante, su reincidencia y no cumplimiento de los compromisos hechos en el Acta de Compromiso y de escucharlo en los descargos. La desescolarización se hará por resolución rectoral y estará fundamentada en un acta del Consejo Directivo, de lo anterior quedará constancia en el Observador del alumno.

 

El estudiante será suspendido con talleres de las áreas correspondientes a esos días de clase, los cuales deben ser trabajados en casa y presentados al respectivo profesor en fecha pactada. El estudiante tiene derecho a que le practiquen las evaluaciones y pruebas pertinentes una vez se reincorpore a las actividades escolares donde podrá obtener una nota máxima de 6.0 porque a la vez tiene el deber de ponerse al día y presentar las evaluaciones y trabajos realizados por sus compañeros. Antes de finalizar la sanción, el padre de familia y el alumno enviarán una carta al Consejo Directivo solicitando el reingreso y con un compromiso explícito de mejorar las actitudes que generaron la suspensión.

 

Ante la gravedad del hecho, y/o la situación que genere, el consejo directivo podrá determinar la des escolarización de más de dieciséis (16) días hábiles de clase: Esta sanción se hará efectiva después de leer y analizar detenidamente con el estudiante, padre de familia o acudiente, profesores, y directora rural el proceso llevado hasta la fecha, al igual que de las recomendaciones hechas a la familia y al estudiante tendientes a mejorar y/o a rehabilitar conductas relacionadas con faltas cometidas durante el último año escolar.

 

Entre las recomendaciones están la de buscar ayuda profesional, psicológica y terapéutica según el caso que se presente con el estudiante. Se levantará un acta con resolución de Consejo Directivo, donde conste la des escolarización dieciséis (16) días hábiles de clase en adelante; en los cuales se asignarán talleres para realizar en casa, de las áreas correspondientes a esos días de clase; de dicha resolución quedará copia en la carpeta del alumno la cual reposa en la Secretaría del plantel. Para reingresar el estudiante a la institución, éste y su acudiente deben solicitar aprobación por escrito al Consejo Directivo o instancia pertinente anexando informe del especialista o entidad que lo acompaña en su proceso de mejoramiento. La solicitud debe estar firmada por el estudiante, padres o acudientes.

 

El Consejo Directivo podrá determinar la suspensión de la Institución Educativa hasta por un año lectivo, cuando el estudiante no ha mostrado actitud de cambio y la familia no se ha comprometido con los procesos de acompañamiento y después de agotar estrategias y correctivos pedagógicos por el docente, directivos y profesionales. Esta determinación la podrá tomar el Consejo Directivo con el debido conocimiento del Comité de Convivencia Escolar.

 

Se levantará para ello una Resolución o Acuerdo del Consejo Directivo, por la cual el estudiante no debe seguir en la Institución Educativa durante el período lectivo que cursa y por el periodo de tiempo señalado siguiente. Es la sanción máxima aplicada según art. 5º parágrafo 2 Decreto 1423 de 1993.

 

16.7 DE LAS CONSIDERACIONES ESPECIALES: Circunstancias de atenuación de la falta: Se consideran como circunstancias que atenúan o eximen de responsabilidad, las siguientes:

 

• Confesar voluntariamente la falta.

• Haber procurado corregir o evitar los efectos nocivos de la falta antes de iniciarse la acción comporta mental.

• Haber sido inducido a cometer la falta por un adulto.

 

Circunstancias agravantes: se consideran como circunstancias que agravan la responsabilidad, las siguientes:

 

• Haber procedido con plena conciencia de los posibles perjuicios causados. Obrar con complicidad de otras personas.

 

• Haber cometido la falta para ejecutar u ocultar otra.

 

• Haber cometido la falta abusando de la confianza depositada en él por sus superiores o compañeros.

 

• Haber sido advertido previamente sobre las consecuencias que acarrearía la comisión de la falta.

 

• Resistirse a cumplir los correctivos asignados para la falta. Asumir actitudes desafiantes y agresivas.

 

Queja: La investigación disciplinaria se inicia de oficio por el docente que conozca del hecho o la presunta falta, o por queja interpuesta por cualquier miembro de la comunidad educativa.

 

Análisis de la queja: El docente o directivo docente a quien le corresponde por competencia adelantar o iniciar la queja hará un análisis de la queja para determinar si es procedente o no iniciar la investigación.

 

Recepción de la prueba: Iniciada la investigación disciplinaria, se procederá a recepcionar las pruebas que se estimen pertinentes.

 

Para las faltas Tipo I se tendrá un término probatorio de hasta tres (3) días hábiles, a partir del conocimiento del hecho.

 

Para las faltas Tipo II se tendrá un término probatorio de hasta tres (3) días hábiles, a partir del conocimiento del hecho.

 

Para las faltas Tipo III se tendrá un término probatorio de hasta tres (3) días hábiles, a partir del conocimiento del hecho.

 

Análisis de la prueba: El docente o el directivo docente, a quien le corresponde la investigación harán un análisis pormenorizado de la prueba recaudada dentro del tiempo establecido para la prueba según el grado de la falta.

 

Formulación de cargos: Para las faltas Tipo I y Tipo II; una vez valorada la parte probatoria, el directivo docente, procederá a la elevación de cargos mediante un acto administrativo que contiene considerandos y parte resolutiva contra el cual no procede recurso alguno.

 

Descargos: El estudiante contra el cual se formula pliego de cargos, presentará descargos verbal o por escrito y podrán solicitar pruebas en las que fundamentarán la defensa. En un término de tres (3) días hábiles.

 

Vencido el término probatorio en esta etapa del proceso, se procederá a proferir la decisión definitiva en un término de tres (3) días hábiles. Decisión contra la cual proceden los recursos de reposición ante quien tomó la decisión y de apelación ante el inmediato superior.

 

El proceso disciplinario será llevado en la ficha observador del estudiante como anexo a la misma y donde se anotará la sanción o decisión tomada en la investigación. 

17. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

 

La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de las instituciones educativas, articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario.

 

En cumplimiento de las funciones señaladas en cada uno de los niveles, las instituciones y entidades que conforman el Sistema deben garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en los establecimientos educativos o en sus alrededores y que involucren a niños, niñas y adolescentes de los niveles de educación preescolar, básica y media, así como de casos de embarazo en adolescentes.

 

Nuestra institución tiene en cuenta a través de un folleto la ruta de atención que se entregará al iniciar el año escolar para socializar con la comunidad educativa.

    

RUTA DE ATENCION INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

 

17.1 COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR:  La Ruta de Atención Integral tendrá como mínimo cuatro componentes: de promoción, de prevención, de atención y de seguimiento.

 

El componente de promoción se centrará en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones 1e acuerdo con sus responsabilidades.

 

El componente de prevención deberá ejecutarse a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la misma en el contexto escolar.

 

El componente de atención deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se presente un caso de violencia,  acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Este componente involucra actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del establecimiento educativo.

El componente de seguimiento se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados.

 

17.2 DE LOS PROTOCOLOS DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR:  La Ruta de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité Escolar de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del Pacto para la Convivencia.

 

Como lo establece la normatividad vigente, el componente de atención de la ruta será activado: por el Comité de Convivencia Escolar por la puesta en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia o acudientes, de oficio por el Comité de Convivencia Escolar, o por cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia escolar.

 

Como lo estamos estableciendo para nuestra Institución, los protocolos y procedimientos de la ruta de atención integral deberán considerar como mínimo los siguientes postulados:

• La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes involucrados.

 

• El conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de las víctimas y de los generadores de los hechos violentos.

 

• Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las relaciones participativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos humanos.

 

• Se garantiza la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso.

 

Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes de los establecimientos educativos en los niveles de preescolar, básica y media que no puedan ser resueltas por las vías que establece el Pacto para la Convivencia y se requiera de la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por Dirección Rural , de  conformidad con las decisiones del Comité Escolar de Convivencia, al ICBF, la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o a la Policía de Infancia y Adolescencia de Cimitarra, según corresponda.

 

Como sabemos, los postulados, procesos, protocolos, estrategias y mecanismos de la Ruta de Atención Integral están siendo reglamentados por el Gobierno Nacional y que para tal efecto se tienen como base los protocolos y rutas ya establecidos por las entidades e instituciones que pertenecen al Sistema; además que estos postulados, procesos, estrategias y mecanismos de la Ruta de Atención Integral se deben actualizar con una periodicidad de dos años, como resultado de evaluaciones que se realicen sobre su funcionamiento. Al respecto, nuestro Colegio acoge lo establecido localmente.

 

Es importante recordar también en nuestro Pacto, que en cuanto a atención en Salud Mental, como lo establece la legislación colombiana: “La atención en Salud Mental a los niños, niñas, adolescentes y las familias afectadas por la violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos, será prioritaria con base en el Plan Obligatorio de Salud POS, en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud”. 

18. CAUSALES PARA LA PÉRDIDA DEL CUPO DEL ESTUDIANTE EN LA INSTITUCIÓN

                                                                                     

En la institución se tendrán en cuenta por la Rectoría los siguientes casos o situaciones extremas en las que el estudiante perderá el derecho de pertenencia definitiva o temporal a la misma:

 

1) Cuando se termine el ciclo de Educación Media y se constituye en Egresado.

 

2) Cuando voluntariamente y con firma de los padres y/o acudientes se cancele el contrato de matrícula.

 

3) Por sanción disciplinaria o penal que disponga la Suspensión o Exclusión del estudiante.

 

4) Al matricularse hasta tres (3) veces para un mismo grado y ser evaluado como reprobado, ó retirado antes de finalizar el año, en tres (3) oportunidades.

 

5) Al cometer durante un año las llamadas faltas disciplinarias Tipo I, durante diez (10) ocasiones o más sin mejorar su disciplina o  no demostrar intención de mejorar el comportamiento y adquirir las competencias ciudadanas esperadas durante el desarrollo curricular y afectando notoriamente con ello la Convivencia Escolar.

 

6) Al cometer faltas Tipo II en tres (3) oportunidades durante un año.

 

7) Al cometer en dos (2) oportunidades durante un año una falta Tipo III.

 

El alumno sancionado por uno (1), dos (2), o tres (3) años, que haya cumplido 18 años, perdería el derecho de ser admitido nuevamente en la institución, de evidenciarse algún perjuicio a la CONVIVENCIA ESCOLAR y/o al proceso de formación integral de los menores. 

19. ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES

 

1. El estímulo es un reconocimiento a comportamientos ejemplares y a esfuerzos personales o colectivos que refuerzan la autoestima.

2. Los estudiantes tienen derecho a los siguientes estímulos cuando sobresalgan entre sus compañeros por su buen comportamiento general, rendimiento académico y/o deportivo.

3. Ser nombrados monitores de salón.

4. Representar a la institución en eventos e intercambios inter colegiales, culturales, deportivos, artísticos y académicos.

5. Resaltar en acto cívico, cultural o deportivo.

6. Consignar los logros obtenidos en la ficha observador del estudiante destacando su desempeño.

7. Mención de honor al mejor bachiller y al estudiante que obtenga el mayor puntaje en las pruebas que aplique el estado.

8. Aparecer en la cartelera de honor cada periodo por destacarse académica y disciplinariamente.

9. Recibir mención de honor al finalizar el año lectivo por su buen desempeño académico.

10. Menciones de honor en el acto de graduación a aquellos estudiantes que se destacan por vivenciar los valores corporativos. 

20. COMPORTAMIENTOS QUE MERECEN SER ESTIMULADO POR LA COMUNIDAD   EDUCATIVA

 

1. El excelente desempeño en las actividades escolares.

2 El esfuerzo y buena voluntad para realizar las actividades asignadas.

3 La solidaridad que brinden a sus compañeros en un momento dado.

4 La excelente presentación personal.

5 La buena voluntad para participar en eventos culturales, deportivos, artísticos, recreativos y demás actividades que se programen en la institución.

6 La puntualidad en las actividades escolares.

7 El buen comportamiento dentro y fuera del aula y en actos de comunidad.

8 La cultura y buenos modales para tratar a quienes nos rodean.

9 El interés por mantener aseada y en buenas condiciones la planta física.

10 El interés por la conservación y respeto por los recursos naturales.

11 Su interés en los estudios teniendo en cuenta sus dificultades y limitaciones.

12 El espíritu de liderazgo.

13 El sentido de pertenencia y amor a la Institución. 

 

21. DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y LOS DOCENTES

 

Los directivos docentes y los docentes igualmente tienen unos Derechos, Deberes y Prohibiciones que están contemplados en el Decreto Nacional N° 2.277 de 1.979 y en el N° 1.278 de 2.002, que son de obligatorio cumplimiento. Ver reglamento institucional (MANUAL DE FUNCIONES).

 

22. SOBRE EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION ESCOLAR

 

El Sistema Institucional de Evaluación, está debidamente reglamentado conforme al Decreto Nacional N° 1290 de 2.009.